INTRANT prohíbe uso de barras luces LED

Domingo, 05 Agosto 2018

Asimismo, invitamos a la ciudadanía a consultar de manera íntegra la resolución en el portal institucional www.intrant.gob.do

Santo Domingo, 05 agosto 2018.- El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), emitió una resolución en la que prohíbe el uso, instalación, modificación, aditamento o adaptación de accesorios de emisión de luces de alta luminosidad, intensidad y de Diodo de Emisión de Luz (LED) en vehículos de motor que circulen por las vías públicas del país, con el objetivo de reducir la cifra de siniestros viales.

La prohibición abarca todas las variantes en vehículos de motor, como las barras múltiples, faroles, faros esféricos, entre otras modalidades.

INTRANT informó que el incumplimiento de esta disposición conllevará a una multa de un salario mínimo del  sector público centralizado, de acuerdo al artículo 192 de la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, al tiempo que exhortó a la ciudadanía consultar de manera íntegra la resolución en el portal institucional: www.intrant.gob.do.

Para el cumplimiento de la medida, se dispuso que la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), supervisará la ejecución y fiscalización de las disposiciones de esta resolución, de manera que queden instaurados los controles necesarios para su cumplimiento.

“Se concede un plazo de 15 días a partir de la publicación de esta resolución para adecuar los vehículos de motor que utilicen luces de alta luminosidad o intensidad y de diodo de emisión de luz, de conformidad con las disposiciones de la presente resolución; obteniendo el permiso señalado en el artículo tercero, cubriendo con protector las luces de referencia para evitar su emisión en las vías públicas que se prohíbe, o procediendo a desmontar las mismas, según el caso que corresponda”, establece la resolución.

El uso indebido de los accesorios de emisión de luz de alta luminosidad o intensidad, instalados como aditamentos o adaptaciones no de fábrica a los vehículos de motor, son causantes de siniestros de tránsito por deslumbramiento y desorientación a conductores.

Permiso
La institución autorizará a los propietarios de vehículos motor para competencias y eventos deportivos, el uso mediante un permiso que se solicitará en el enlace del portal institucional www.intrant.gob.do, el cual contendrá las siguientes informaciones:

“El permiso indicado, no será válido para transitar en las vías públicas, carreteras, autopistas, avenidas, calles en zona rural o urbana, donde deberán estar cubiertos por un protector que evite la emisión de las referidas luces en dichos lugares”, especifica la resolución.

INTRANT es el instituto rector y regulador del transporte terrestre en la República Dominicana, en cumplimiento de la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Trabaja para la implementación del Plan Nacional de Seguridad Vial y tiene como meta reducir en un 30 % las víctimas de la siniestralidad al año 2020, y es el encargado de cumplir y hacer cumplir la Ley 63-17, sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.