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- INTRANT - AIPMUS - SEI - 2024 - 02
- Estudios y Diseños de Concepción Funcional de la Nueva Linea de Transporte Masivo (Tren Metropolitano) del Gran Santo Domingo - Proyecto 1.2
- INTRANT-AIPMUS-SEI-2024-01
- Estructuración Técnica Legal y Financiera de Terminal Intermodal del Cibao - Los Alcarrizos en el Gran Santo Domingo - Proyecto 1.7
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte (INTRANT), en virtud de las prerrogativas que le confiere la Ley 63-17 del 21 de febrero de 2017, y en especial sus Artículos 8 y 120, por este medio emite la Resolución Administrativa 025-2023 sobre Restricciones al Transporte de Carga Durante los Feriados de Navidad 2023 y Año Nuevo 2024
Como parte de las medidas de seguridad vial, adoptadas con motivo de los feriados de Navidad y Año Nuevo, queda prohibida la circulación de vehículos de carga en todo el territorio nacional, incluidos los permisos otorgados por el Piloto para la Zona de Acceso Restringido (ZAR), desde el sábado 23 de diciembre del 2023, a partir de las 06:00 de la mañana, hasta el martes 26 de diciembre del 2023 a las 05:00 a.m. y desde el sábado 30 de diciembre del 2023, a partir de las 06:00 de la mañana, hasta el martes 02 de enero del 2024 a las 05:00 a.m.
Los permisos sólo serán otorgados a los vehículos que transporten mercancías consideradas prioritarias o perecederas, los tipos de cargas que pueden solicitar el permiso son: Combustible, agua envasada, abastecimiento de alimentos, Juguetes, medicamentos, equipos médicos, servicios de desechos hospitalarios, cal viva para generación eléctrica, envases y papeles desechables, transporte de valores y organización de eventos.
Sin importar el tipo de mercancía a transportar, no serán otorgados permisos a cargas especiales, tales como: Camiones con doble cola o doble remolque, cargas sobredimensionadas o con sobrepeso.
Se exceptúan de esta prohibición las camionetas, furgonetas, ambulancias, vehículos de emergencias y aquellos de servicio de agua en camión cisterna, los vehículos que debidamente identificados brinden servicio de averías y mantenimiento de electricidad, telecable, telefonía, sanitario, mantenimiento y asistencia vial y de higiene urbana.
El incumplimiento a la disposición establecida en la presente resolución será sancionado con un(1) salario mínimo del que impere en el sector público descentralizado, de conformidad con el artículo 281 de la Ley Núm. 63-17 y el artículo 69 del reglamento 258-20 sobre transporte de cargas, tanto al propietario de la unidad como al conductor.
Los interesados en obtener los permisos de circulación en estas fechas deben solicitarlo desde la presente publicación, hasta el viernes 22 de diciembre de 2023 a las tres de la tarde (3:00 p. m.), a través de la página web del INTRANT: www.intrant.gob.do donde podrán efectuar el pago en línea y recibir el permiso con protección QR para su fiscalización.
Sin perjuicio de las limitaciones adicionales impuestas en determinadas vías los vehículos de cargas no pueden exceder la velocidad máxima de 70 km/h en carreteras troncales, la carga debe estar debidamente asegurada, sin exceder la carrocería del área destinada a carga, y deben mantener siempre su circulación en el carril de la derecha en cumplimiento de la Ley 63-17 y el Reglamento 258-20 sobre transporte de cargas.
En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 15 días del mes de noviembre del año Dos Mil Veintitrés (2023).
El proyecto "Parquéate Bien", entró en vigencia el lunes 26 de septiembre del 2022, con el propósito de favorecer el tránsito y la movilidad urbana, a través de la especificación de estacionamientos a la derecha, en el mismo sentido de la vía, en algunas zonas ya identificadas.
Esta intervención tiene como propósito favorecer el tránsito vehicular a través de la reducción de los taponamientos producto del mal estacionamiento, y a la vez promover el respeto de las señales de tránsito, no solo en las zonas donde funciona paquéate bien, sino que esta cultura ciudadana crezca para que se aplique en todas las vías a nivel nacional.
Los sectores donde se está implementado el programa Parquéate Bien
¿Cómo pueden ser identificadas por el ciudadano las zonas de Parquéate Bién?
Para que los ciudadanos puedan identificar las zonas de Parquéate bien hemos colocado una X de color amarillo y la señal de "No estacione".
Si el conductor deja el vehículo sobre la "X" o en las señales de "No estacione", una grúa procede será removido y posteriormente llevado al “Centro de Acopio Parquéate Bien”, ubicado en la avenida Tiradentes #17, Ensanche Naco.
¿Qué proceso continúa tras la remoción del vehículo?
Los usuarios que se les remolquen sus vehículos podrán retirarlos en horarios de 8:00 de la mañana hasta las 7:00 de la noche, luego de presentar la matrícula a su nombre o un poder, además de pagar la multa equivalente a RD$1000 pesos.
Qué dice la Ley 63-17
La Ley 63-17 en el artículo 237, establece 23 lugares prohibidos para estacionar o detener un vehículo.
1. Sobre una acera.
2. Dentro de un cruce de calles o carreteras.
3. Dentro de una distancia de cinco (5) metros de una boca de incendio o hidrante.
4. Sobre un paso de peatones o lugares destinados exclusivamente al tránsito de los mismos.
5. Dentro de una distancia de cinco (5) metros de una esquina, medidos desde la línea de construcción, pudiendo
el INTRANT, cuando lo considere conveniente, aumentar esta distancia.
6. Dentro de una distancia de diez (10) metros antes y después de un semáforo de tiempo fijo o de luz intermitente,
medidos desde el borde del contén o del paseo.
7. Dentro de una distancia de veinte (20) metros del riel más cercano en un cruce de ferroviario.
8. Paralelo o al lado opuesto de una excavación u obstrucción, cuando al detenerse o estacionarse pueda causar
interrupción o disminución del tránsito en general.
9. En doble fila, respecto a otro vehículo parado o estacionado en una vía pública.
10. En los túneles, puentes, pasos a desnivel, cuestas, curvas de las vías.
11. A más de treinta (30) centímetros del borde de la acera o contén.
12. En los sitios específicamente prohibidos por señales oficiales.
13. En sentido contrario de la circulación de la vía.
14. A menos de veinte (20) metros de una parada de transporte público de pasajeros.
15. En los lugares designados para cargar o descargar mercancía sin el propósito de realizar alguna de esas acciones.
16. A menos de un (1) metro de cualquier otro vehículo estacionado, salvo que sea autorizado.
17. Frente a una Estación de Bomberos, Policía Nacional o cualquiera de las agencias de las Fuerzas Armadas.
18. Frente al acceso de un templo religioso, escuela, cine, teatro, hospital, instituciones bancarias, áreas de estacionamiento o
de servicio para la venta de gasolina y sitios donde se celebren actos públicos.
19. En cualquier vía pública, cuando tal estacionamiento se realice para el negocio de venta, anuncio, demostración,
reparación o arrendamiento de vehículos.
20. En los lugares en que el vehículo estacionado oculte una señal colocada en la vía pública.
21. En las isletas que separan la circulación del tránsito y las áreas verdes adyacentes a las aceras.
22. A menos de die (10) metros de las señales de “PARE”, “CEDA EL PASO” o “CURVAS”.
23. A menos de un (1) metro de la entrada o salida de un garaje.
RUTAS ALTERNAS POR ACTIVIDAD EN CIUDAD COLONIAL Y AV. GEORGE WASHINGTON
AVENIDA GEORGE_WASHINGTON
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), en virtud de las prerrogativas que le confiere la Ley 63-17 del 21 de febrero del 2017, y en especial sus Artículos 8 y 120, por este medio avisa al país que:
Como parte de las medidas de seguridad vial adoptadas con motivo de los feriados de Navidad y Año Nuevo, queda prohibida la circulación de vehículos de carga en todo el territorio nacional, incluidos los permisos otorgados por el Piloto para la Zona de Acceso Restringido (ZAR), desde el viernes 23 de diciembre, a partir de las 06:00 de la mañana, hasta el lunes 26 a las 05:00 a.m. y desde el viernes 30 de diciembre de 2022, a partir de las 06:00 de la mañana, hasta el lunes 02 de enero del 2023 a las 05:00 a.m.
Se exceptúan de esta prohibición, las camionetas, furgonetas, ambulancias, vehículos de emergencias y aquellos de servicio de agua en cisterna, electricidad, cable, telefonía, sanitario, de mantenimiento y asistencia vial y de higiene urbana.
Los interesados en obtener los permisos de circulación para esas fechas, deben solicitarlo desde la presente publicación, hasta el jueves 22 de diciembre del 2022 a las tres de la tarde (3:00 p. m.), a través de la página web del Intrant: www.intrant.gob.do donde podrán efectuar el pago en línea y recibir el permiso con protección QR para su fiscalización.
Los permisos sólo serán otorgados a camiones de no más de una cola, autorizados por Intrant, que acarreen combustible, agua, abastecimiento de alimentos, medicamentos, equipos médicos y servicios de desechos hospitalarios, cal viva para generación eléctrica, envases y papeles desechables, transporte de valores y organización de eventos.
Recomendamos a los servicios de transporte de carga que no se encuentran dentro de los renglones autorizados a solicitar permiso para los citados feriados, realizar su distribución antes de los días de prohibición señalados.
Sin perjuicio de las limitaciones adicionales impuestas en determinadas vías, los vehículos de carga no pueden exceder la velocidad máxima de 70 km/h en carreteras troncales, y deben mantener siempre su circulación en el carril de la derecha, en cumplimiento de la Ley 63-17 y el Reglamento 258-20 sobre esa modalidad de transporte.
En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022).
Dirección Ejecutiva
Sábado 19
(Seguridad Vial Infantil)
Parque de Educación Vial Infantil Móvil
Lugar: Plaza Galería 360
Hora: de 10:00 am a 12:30 m y de 2:00 pm a 6:00 pm
ACTIVIDADES:
*Pintacaritas,
*Lentes simulación ebriedad,
*Lentes de realidad virtual (conducción y sobreidad).
*Simulador de choque.
*Instalaciones de SRI gratis.
*Mapa de identificación accidentes.
Domingo 20
(Recuerdo de Víctimas)
Misa en recuerdo de las Víctimas por Accidentes de Tránsito
Hora: 9:00 am
Lugar: Catedral Primada de América
Continuación Parque de Educación Vial Infantil Móvil
Lugar: Plaza Galería 360
Hora: de 10:00 am a 1:00 pm y de 2:00 pm a 6:00 pm
Lunes 21
(Motociclistas)
Charla sobre importancia uso casco protector dirigida a técnicos
Lugar: Virtual
Hora: de 10:00 am
Charla en UNIBE
Conducción y Sobriedad con programa de Pernod Ricard
Hora: de 2:00 a 5:00 pm
Lugar: salones de clases
Martes 22
Jornada cambia tu casco
Con intervenciones de concienciación a motociclistas sobre la importancia del uso del casco protector
Lugar: Edificio Licencias
Hora: de 9:30 am a 4:00 pm
Charla en PUCMM
Conducción y Sobriedad con programa de Pernod Ricard
Hora: de 3:00 a 5:00 pm
Lugar: salones de clases
Miércoles 23
Capacitación a personal DIGESETT para activación puntos de alcohol
Lugar: UNIBE
Hora: 10:30 am a 3:00 pm
Charla en UASD
Conducción y Sobriedad con programa de Pernod Ricard
Hora: de 5:00a 7:00 pm
Lugar: salones de clases (FI 106)
Sábado 26
(Grupos mas vulnerables y Factores de Riesgos)
Temas generales de seguridad vial
Lugar: Plaza Downtown
Hora: De 10:00 am hasta 6:00 pm
*Lentes simulación ebriedad.
*Lentes de realidad virtual (conducción y sobreidad).
*Simulador de choque
*Instalaciones de SRI gratis
*Mapa de identificación accidentes.
* Rifas
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, (INTRANT), en cumplimiento de las disposiciones de la Ley núm. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, del Decreto Núm. 177-18, que establece su reglamento orgánico, de la Ley Núm. 200-04, de Libre Acceso a la Información Pública, del Decreto Núm. 130-05, que establece su reglamento de aplicación, de la Ley Núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, informa a la ciudadanía la puesta en vigencia de las siguientes normativas técnicas:
1- Normativa Técnica del Transporte Escolar.
2- Normativa Técnica sobre las Condiciones Vehiculares Requeridas para la Conducción.
Derivadas de los Decretos 257-20, del Transporte Escolar y 5-19, sobre Inspección Técnica Vehicular. Dichas normativas están sustentadas en la Resolución NT Núm.003-2022, que regula el servicio de transporte escolar y la Resolución NT Núm.004-2022, que establece las condiciones vehiculares requeridas para la conducción.
Conoce los pasos a desnivel y elevados que estarán cerrados por labores de mantenimiento vial de las brigadas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).
Calendario hasta el 17 de septiembre
DESCARGA AQUI - Programación de Trabajos Nocturnos Mantenimiento de Pasos a Desnivel
05 de diciembre al 10 de diciembre | CONTACTO | LOCACION | |
Unidad Movil 2 | Cotui, Sanchez Ramirez | Alcalde Bienvenio Lazala (809-223-2723) | Calle Sanchez no. 4, allado del palacio de justicia |
Unidad Movil 6 *Se hace Regstro y Renovación de Licencias* | San Cristobal | Pedro Regalado 809-710-7777 | Polideportivo |
Unidad Movil 9 | Zona Franca, San Pedro de Macoris ( Lunes 5 y martes 6) | Raymundo Ortiz, alcaldia (809-702-7713) | Manzana 1B, Zona Franca SPM |
|
LA VEGA
HIGUEY
SOSUA
PEDERNALES
CONSTANZA
SAN FRANCISCO DE MACORÍS
BANI
PUERTO PLATA
AZUA
OTRAS UBICACIONES
Distrito Nacional (Oficina Central de Licencias de Conducir)
Santiago (Bella Terra Mall)
La Romana (Multi Plaza)
REQUISITOS:
HORARIO DE SERVICIOS
PAL´BARRIO EN BICI
¡Acompáñanos en esta ruta de calentamiento previo al Día Mundial de la Bicicleta! Realizaremos un recorrido cultural en bicicleta por sectores de la circunscripción No. 3 del Distrito Nacional (Villa Juana, Villa Consuelo, San Carlos, Villa María, Domingo Savio, entre otros).
Al final del recorrido, se desarrollarán rifas y actividades artísticas promovidas por los mismos comunitarios de la zona.
Día: Sábado 28 de mayo 2022
Hora: 4:30 pm
Inicio de recorrido: Calle Américo Lugo (Prox. Cementerio M. Gómez), Villa Juana
Final de recorrido: Domingo Savio (Av. Paseo del Río)
Facilidad de Estacionamiento: Club Mauricio Báez
Punto alternativo de salida: Plaza de la Cultura a las 4.00 pm para unirse al punto oficial de salida.
Inscripción: https://forms.gle/82JDosGWarzEW9seA
FORO INTERNACIONAL DE LA MOVILIDAD ACTIVA
Expertos internacionales abordan el tema de la bicicleta, su impacto, mejores prácticas de desarrollo de sistemas de movilidad en bicicleta.
Ver itinerario aquí
Día: Jueves 02 de junio
Lugar: "Salón de conferencias Mario Cabrera" Biblioteca UNPHU
Hora: 5.00 p.m. a 7:00 p.m.
EN BICI AL COLE
Tendremos una mañana interactiva con estudiantes de un centro educativo, con el fin de motivar el uso de la bicicleta e impulsarla como medio de transporte. Se realizará el concurso Decora tu bici para animar su creatividad y trabajo en equipo para la exhibición de las bicicletas decoradas.
Día: 03 de junio
Hora: 8:30 a 11:30 a.m.
Lugar: Colegio Apec Fernando Arturo de Meriño
PEDALEA AL ATARDECER
Realizaremos un recorrido urbano y recreativo para el público en general. Al final de la ruta, se proyectará una película-documental. Se realizará el recorrido aprovechando el atardecer en el Malecón de SD.
Día: 03 de junio
Hora inicio recorrido: 5:30 p.m.
Punto de inicio: Ciclovía Av. Churchill (frente a plaza Blue Mall) Av. Gustavo Mejía Ricart
Parada intermedia: Plaza Juan Barón (Hidratación y fotografía grupal)
Punto Final: Bici-Cine en el Centro Cultural de España (entrada por calle José Gabriel García).
BICICHALLENGE
Consiste en motivar y premiar a los colaboradores por ir en bicicleta a sus lugares de trabajo, tanto en instituciones públicas como empresas privadas.
INSTALACIÓN DE CICLOPARQUEOS
Gestión de cicloparqueos para promover la movilidad sostenible en las empresas, instituciones, paradas de autobuses y estaciones de Metro y Teleférico.
URBANISMO TÁCTICO CICLOVÍA (SDE Y DN)
Diseño de un urbanismo táctico para evitar ocupación por estacionamiento vehicular obstruyendo la ciclovía y readecuación de ciclovía.
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), trabaja en la coordinación, estructuración y fase informativa, de cara la puesta en marcha del Sistema de Conducir por Puntos (Artículo 215 de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana).
Este nuevo sistema otorga al conductor un saldo de 20 puntos en su licencia de conducir, y conforme cometa infracciones de tránsito, les serán reducidos hasta llegar a cero. En ese momento se procederá a tramitar la suspensión de su licencia, que se podrá recuperar mediante cursos de sensibilización y reeducación vial.
Este proyecto tiene tres funciones principales: prevenir, educar y, en última instancia, sancionar.
MARCO LEGAL:
RECUPERACIÓN DE PUNTOS
* Agotó la fase de Consulta Pública, y actualmente se encuentra en proceso de aprobación por el CODINTRANT.
TABLILLA DE INFRACCIONES QUE RESTAN PUNTOS
(NORMATIVA DE INFRACCIONES QUE RESTAN PUNTOS)
Artículo 7.-Infracciones que conllevan a la pérdida de puntos. Cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad. |
(Consultar tabla en Anexo II de la Normativa de Infracciones que Restan Puntos. |
Artículo 42.- Tablilla de identificación personal |
3 |
Artículo 62.- Regulación del transporte de cargas o mercancías en vehículos destinados al transporte público de pasajeros. |
3 |
Artículo 67.- Número de pasajeros. |
3 |
Artículo 68.- Capacidad de asientos |
3 |
Artículo 69.- Transporte de niños |
5 |
Artículo 122.- Prohibición a la circulación de transporte de cargas con sobrepeso y exceso de dimensiones. |
5 |
Artículo 124.- Prohibición del transporte de pasajeros sobre la carga |
2 |
Artículo 133.- Respeto a las señales del semáforo |
5 |
Artículo 135.- Semáforo para peatones |
5 |
Artículo 138.- Señales de tránsito “PARE”. |
5 |
Artículo 140.- Señales de tránsito ante intersecciones. |
5 |
Artículo 157.- Uso de casco protector en motociclistas y ciclistas |
5 |
Artículo 167.- Marbete de Inspección Técnica Vehicular |
3 |
Artículo 189.- Actos prohibidos. |
3 |
Artículo 195.- Parachoques frontales, laterales o traseros. |
3 |
Artículo 210.2.-Conducir un vehículo de motor por las vías públicas provisto de una licencia de conducir distinta a la requerida para manejar ese tipo de vehículo. |
5 |
Artículo 210.3.- Suministrar información falsa u ocultar información con el fin de obtener engañosamente cualquiera de los tipos de licencias de conducir establecidos. |
5 |
Artículo 210.4.- Borrar o alterar maliciosamente la información contenida en cualquier certificado de licencia de conducir, expedido en virtud de esta ley y sus reglamentos, o en cualquiera de los documentos necesarios para los procedimientos de obtención o renovación de dicha licencia, así como adicionar información a dicho certificado o documento, alterar o sustituir fotografías en los mismos. |
Suspensión |
Artículo 210.5.- Que la persona propietaria de un vehículo de motor permita que este sea conducido por personas que no estén legalmente autorizadas para ello. |
5 |
Artículo 210.6.- No llevar consigo la licencia de conducir o el permiso de aprendizaje vigentes cuando estuviera conduciendo un vehículo de motor. |
3 |
Artículo 210.7.- Presentar como suya cualquier licencia de conducir que no le hubiere sido expedida. |
Suspensión |
Artículo 210. 9.- Fotografiar, sacar copias fotostáticas, falsificar o en cualquier forma reproducir, con el fin de utilizar engañosamente una licencia de conducir en tal forma que pueda ser considerada auténtica. |
Suspensión |
Artículo 220.- Conducción temeraria o descuidada |
10 |
Artículo 221.- Distracción durante la conducción |
5 |
Artículo 228.- Uso de pitos, sirenas y bocinas. |
3 |
Artículo 229.- Luces giratorias, intermitentes o rojas. |
3 |
Artículo 231.- Prohibiciones |
5 |
Artículo 235.- Giro |
1 |
Artículo 236.- Señales que han de hacer los conductores. |
1 |
Artículo 237.- Lugares prohibidos para estacionar o detener un vehículo. |
3 |
Artículo 238.- Parada en las intersecciones |
3 |
Artículo 251.- Prohibiciones a motocicletas y bicicletas. |
5 |
Artículo 252.- Cruzarse en sentidos opuestos |
3 |
Artículo 253.- Movimiento en retroceso. |
3 |
Artículo 254.- Ceder el paso |
3 |
Artículo 258.- Conducir un vehículo de motor por las vías públicas cuando el grado de alcoholemia sea superior a: |
|
0.5 gramos por litro (gr/1) en la sangre; o |
10 |
0.25 miligramos por litro (mgr/1) en el aire espirado, según resulte de la alcoholimetría realizada por los agentes de la DIGESETT. |
5 |
Artículo 258. 1.- Cuando sea el caso de conductores de vehículos destinados al transporte público de pasajeros, en cualquiera de sus modalidades, y de carga; o sean portadores de un permiso de aprendizaje, el grado de alcoholemia deberá ser de 0.0 gramos de alcohol por litro de sangre o 0.0 miligramos por litro (mgr/1) en el aire espirado. |
Suspensión |
Artículo 258.1- Quienes conduzcan motocicletas no deberán conducir con más de 0.2 gramos de alcohol por litro de sangre o 0.1 miligramos por litro (mgr/1) en el aire espirado, según resulte de la alcoholimetría realizada por los agentes de la DIGESETT. |
5 |
Artículo 257.- Conducción bajo los efectos de drogas o sustancias controladas |
8 |
Artículo 267.- Competencia de velocidad |
10 |
Artículo 269.- Velocidad muy reducida |
1 |