Informamos a la ciudadanía que, a partir del lunes 23 de marzo, todas nuestras oficinas a nivel nacional estarán brindando atención a los usuarios a través de canales no presenciales, hasta nuevo aviso, como medida de prevención para evitar la propagación del nuevo coronavirus COVID-19.
A PARTIR DE ESTE LUNES ESTAREMOS ATENDIENDO A LOS USUARIOS A TRAVÉS DE LOS SIGUIENTES CANALES NO PRESENCIALES:
¡Prevenir el contagio por COVID-19 es tarea de todos!
La directora ejecutiva del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), Ing. Claudia Franchesca de los Santos anunció hoy las medidas adoptadas para el transporte y los servicios que ofrece la entidad.
En este sitio web se puede encontrar información y orientaciones de la OMS acerca del actual brote de enfermedad por coronavirus (COVID-19) que fue notificado por primera vez en Wuhan (China) el 31 de diciembre de 2019. En esta página figura información actualizada diariamente.
La OMS está colaborando estrechamente con expertos mundiales, gobiernos y asociados para ampliar rápidamente los conocimientos científicos sobre este nuevo virus, rastrear su propagación y virulencia y asesorar a los países y las personas sobre la medidas para proteger la salud y prevenir la propagación del brote.
El Observatorio Permanente de Seguridad Vial del INTRANT (OPSEVI), boletín trimestral, el cual constituye la primera revista técnico-científica de movilidad y seguridad vial de la República Dominicana, que incluye las estadísticas más actualizadas sobre los siniestros viales, además del análisis de todas las temáticas asociadas al tránsito y transporte, así como el abordaje que sobre éstas realiza el Gobierno.
Descripción del servicio
El Parque Infantil de Educación Vial es un proyecto que apuesta a mejorar la calidad de vida de los dominicanos a través de la educación preventiva como método más efectivo para generar cambios en la conducta de nuestros ciudadanos.
Con la puesta en funcionamiento de este Parque de Educación Vial y la participación activa de los niños y jóvenes que lo visiten, esperamos contribuir en la importante tarea de reducir el número de muertes y lesiones resultado de los accidentes de tránsito y consecuentemente poder contar, a mediano y largo plazo, de un sistema vial más organizado, sostenible y amigable para todos.
A quién va dirigido
Este servicio es ofrecido por la Escuela Nacional de Educación Vial (ENEVIAL), a través del parque que se encuentra ubicado dentro del proyecto habitacional Ciudad Juan Bosch.
Tel.: 809-368-0033 (Centro de Atención al Ciudadano INTRANT)
Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Dirección:
Parque: Ciudad Juan Bosch; Km 18 Autopista las Américas, Santo Domingo Este.
En la Autopista Las Américas (dirección Oeste-Este), se retorna en el túnel de las Américas hacia la marginal que va a la Autovía del Nordeste, luego en la marginal de la Autopista las Américas se dobla a la izquierda en la Bomba Sigma en la Av. 30 de junio. Se continúa la marcha hasta que termine la Av. 30 de junio y se hace una izquierda justo en el Destacamento de Bomberos Ciudad Juan Bosch (tanque de agua), luego se dobla a la derecha en la primera intersección y se hace el recorrido hasta pasar por el Hipermercado Ole. Se gira a la izquierda en la Escuela Primaria Gabriela Mitral y aproximadamente en 400 metros girar a la derecha, luego girar a la izquierda, luego derecha hasta llegar al parque.
Requerimientos o requisitos
Grupos:
-Programar visita en formulario de solicitud de visita que puede descargar AQUÍ.
-Enviar formulario completo al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
-Comprobante de depósito por concepto de visita al parque (También puede pagar en el parque al momento de la llegada).
-Lista con nombre completo y edades de los niños y adolescentes que estarían visitando el parque.
Público en General:
Pago por concepto de visita al parque
Procedimientos a seguir para Grupos
Nota: Para cancelar la fecha programada, debe hacerlo vía correo electrónico, 72 horas antes de la fecha pautada.
Costo
Estudiantes Centros Públicos= RD$ 50.00
Estudiantes Centros Privados= RD$ 100.00
Grupos corporativos y público general= RD$ 100.00 (solo sábados y domingos).
Tiempo previo para solicitud de visita al parque para grupos
Cinco (5) días laborables.
Información adicional:
Escrito por: Ing. Hernán Paredes, Director del Observatorio Permanente de Seguridad Vial
Por lo regular, las personas creen saber de que se trata cuando escuchan la palabra “observatorio” al inicio del nombre de alguna entidad, pues la misma da la idea de que fundamentalmente se refiere a una estructura que se dedica a monitorear alguna situación y ofrecer los datos que recopila al público o personas interesadas, sin embargo, con el Observatorio creado como Dependencia del INTRANT por la Ley Núm. 63-17 de movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, se pretende algo mucho más trascendental que la mera recolección de datos para fines de publicación.
Según la mencionada ley, el Observatorio Permanente de Seguridad Vial (OPSEVI) se crea con el objetivo de recolectar y gestionar información oportuna, objetiva y confiable, que contribuya a la determinación de las causas y efectos de los siniestros viales, además, debe evaluar las medidas existentes que se ejecutan para evitarlos y/o plantear nuevas, así como políticas estratégicas, convirtiéndose, de esta manera, en el organismo consultor en la materia tanto del Gobierno Central como de los Ayuntamientos.
Es decir, el OPSEVI se constituye en un laboratorio cientí-fico de seguridad vial, con todo lo que ello implica. Por otro lado, y en coordinación con la Procuraduría General de la República, esta Dependencia del INTRANT deberá realizar una estimación anual del costo económico de los siniestros viales para el Estado Dominicano.
Todo lo anterior, en consonancia con el Eje No. 6, Información, del Plan Estratégico Nacional para la Seguridad Vial de la República Dominicana 2017-2020, que busca crear la capacidad en La Administración de producir información confiable sobre la seguridad vial, a través de la integración de todas las instituciones en una plataforma común que garantice la estandarización, accesibilidad y difusión de la misma, y se convierta en una herramienta efectiva para la toma de decisiones.
Es decir, con la puesta en marcha de este organismo, dependiente del INTRANT, el Estado Dominicano apuesta a la fundamentación científica para formular, implementar y evaluar medidas preventivas contra los sinestros viales.
Adicionalmente, al Observatorio le fue establecida la misión, según el Reglamento Orgánico del INTRANT, Decreto No. 177-18, en razón de la íntima relación entre la seguridad vial y la movilidad, la función de recopilar y analizar información sobre está última que contribuya a la formulación, implementación y evaluación del Plan Nacional de Movilidad y Transporte de cara al alcance de los objetivos del mismo.
Las ciudades son entidades vivas, dentro de las cuales ocurre una dinámica intensa provocada por las actividades humanas, entre ellas, las necesidades de desplazamiento, más en naciones donde la densidad poblacional es mucho mayor en zonas urbanas, como sucede en la República Dominicana, donde más del 80% de la población se concentra precisamente en zonas urbanas, según datos de la Oficina Nacional de Estadísticas (ONE).
La relevancia de cómo se produce ese flujo de personas y bienes, no solo en lo local, sino también como este se interconecta con otros flujos provenientes de redes internacionales, ha sido acuñado por expertos como Parag Khanna como “conectografía”, para significar que hoy importa más como se conectan las ciudades que sus propias fronteras.
Pero para poder gestionar inteligentemente una ciudad, o en el caso que nos ocupa, para gestionar inteligentemente la movilidad, es necesario disponer de información objetiva, información que permita ver de manera oportuna lo que está sucediendo para tomar medidas que te permitan gestionarla de manera eficiente y sostenible. Así es que después de la creación del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) pasamos de una etapa de políticas públicas de movilidad y seguridad vial dispersas e inconexas, a otra era donde ahora estas políticas se diseñan, implementan y evalúan de manera integral, con criterio científico y basándose en datos objetivos.
Este primer boletín del Observatorio Permanente de Seguridad Vial pretende ser el inicio de un mecanismo idóneo para mantener informada a la población en general de los avances en el cumplimiento de los fines del Plan Estratégico de Seguridad Vial 2017-2020, cuyo objetivo principal es reducir en un 30% las muertes por accidentes de tránsito al año 2020, así como también esta publicación se convertirá en la voz del INTRANT para comunicar a la sociedad dominicana de las iniciativas emprendidas por el Gobierno en el sector del transporte.
En esta primera entrega, nos alegra informar de la reducción en un 10% de las muertes por siniestros viales, entre los años 2016 y 2017, un logro producto del esfuerzo por parte del Gobierno Dominicano, encabezado por el Presidente de la República, Lic. Danilo Medina, quien a partir del año 2016 impulsó toda una reingeniería institucional, así como toda una reforma jurídica y normativa en materia de seguridad vial que está dando sus frutos en el más noble objetivo que un Estado pueda tener, el de salvar vidas.
La implementación de la Ley Núm. 63-17 de movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, implica un cambio de paradigma en la gestión de políticas públicas de este tipo en nuestro país, implica asumir la filosofía de lo que se conoce como Smart Movility (Movilidad Inteligente), para gestionar de forma más eficiente y sostenible el transporte, utilizando la tecnología como apoyo fundamental, que traducida al sector se conocen como Sistemas Inteligentes de Transporte (ITS por sus siglas en inglés).
Finalmente, queremos agradecer el apoyo mostrado por todas las instituciones que se constituyen en fuente primaria de información para nuestro Observatorio, como son el Ministerio de Salud Pública, el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), la Casa del Conductor, el Centro del Automovilistas, la Administradora de Riesgos Laborales Salud Segura (ARLSS), la Comisión Militar y Policial del Ministerio de Obras Públicas (COMIPOL), a las que sin duda se irán sumando otras, porque todos somos necesarios para materializar este cambio.
Ing. Claudia Franchesca de los Santos, Directora Ejecutiva del INTRANT
Este primer boletín del Observatorio Permanente de Seguridad Vial pretende ser el inicio de un mecanismo idóneo para mantener informada a la población en general de los avances en el cumplimiento de los fines del Plan Estratégico de Seguridad Vial 2017-2020, cuyo objetivo principal es reducir en un 30% las muertes por accidentes de tránsito al año 2020, así como también esta publicación se convertirá en la voz del INTRANT para comunicar a la sociedad dominicana de las iniciativas emprendidas por el Gobierno en el sector del transporte.
CONSULTAS EN LÍNEA
Bienvenidos a la sección de Consultas en Línea, donde podrá acceder rápido y fácil a los estatus de sus servicios de tránsito.
A través de los enlaces puede acceder a cada uno de los servicios en línea que ofrecemos con solo un click.
Consulta Pública Abreviada
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), en cumplimiento de las disposiciones de la Ley Núm. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, del Decreto No.177-18 que establece su Reglamento Orgánico, de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública, No. 200-04, de los artículos 57, 58 y 59 del Decreto No.130-05 de su Reglamento de Aplicación, de la Ley sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, No.107-13, CONVOCA al público en general a participar en el procedimiento de Consulta Pública Abreviada del Normativa Técnica del Servicio de Transporte en taxi, según la Ley Núm. 63-17.
A partir de la presente publicación, la citada Normativa Técnica estará disponible a través de nuestro portal institucional www.intrant.gob.do, dentro del plazo abreviado de diez (10) días hábiles desde el miércoles veinte (20) de octubre hasta el viernes veintinueve (29) de octubre de 2021, conforme las estipulaciones que regulan la materia.
Pueden enviar sus observaciones y sugerencias utilizando el Formulario de Observaciones de Consulta Pública (ver link que figura más abajo), y remitirlo al correo institucional Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o depositarlos en físico en la sede del INTRANT, dirigido a la Dirección Ejecutiva con atención al Dpto. de Reglamentos y Normas, ubicado en la calle Pepillo Salcedo, puerta Este del Estadio Quisqueya, Ens. La Fe, de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional.
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), como ente convocante, decidirá conforme al procedimiento establecido en la regulación vigente sobre la pertinencia de incorporar modificaciones sugeridas al Reglamento sometido a Consulta Pública Abreviada.
Descargar el Formulario de Observaciones de Consulta Pública Pulse AQUÍ
Acerca de la Ley 63-17
La ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial de la República Dominicana, tiene 360 artículos. El ultimo de esos artículos (360) habla de las derogaciones de las leyes y decretos, siendo derogada de manera total, conforme al ordinal número 5 del artículo referido la ley 241 de tránsito de vehículos de motor. En los demás 24 ordinales del artículo 360, fueron derogadas un conjunto de leyes, artículos, decretos, ordenanzas, reglamentos, que servían de sustento al transporte terrestre dominicano.
La ley contiene 7 consideraciones y 67 vistos, a través de los cuales deja claro todas las legislaciones, decretos y reglamentos que fueron vistas y consideradas.
La nueva Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial en República Dominicana constituye un paso agigantado para la organización de las calles de nuestro país. Asimismo, permite enfrentar las muertes por accidentes de tránsito y es a la vez un instrumento jurídico paradigmático, con la calidad para solucionar un problema ancestral.
La aplicación de esta ley se trata de un proceso innovador, el cual influirá en cambiar la cultura de siniestralidad vial existente, así como conducir el país hacia un transporte más eficiente, barato y seguro.
1. ¿En qué horario labora el INTRANT, cuantos turnos tiene?
Laboramos en horario corrido de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde, de lunes a viernes.
2. ¿Dónde están ubicados los locales en los que se aloja la institución?
3. ¿Dónde puedo sacar mi licencia de conducir?
Dirección de Licencias de Conducir
Av. Tiradentes No. 07 Ensanche La Fe. Tel. 829-893-4886
4. ¿A partir de qué edad puede un menor obtener su licencia de conducir?
La pueden obtener a los 16 años. Según el artículo 200 de la Ley 63-17: los menores de dieciséis (16) a dieciocho (18) años de edad podrán solicitar la licencia de conducir excepcionalmente, en los casos siguientes:
Párrafo.- Para la expedición de la licencia, y sin perjuicio de lo establecido en este artículo, los menores de edad también deberán cumplir con los requisitos formales a los fines de completar su acreditación.
5. ¿Dónde consigo el Marbete de mi vehículo?
La Ley No. 63-17 establece que la inspección técnica vehicular será realizada en talleres especiales a ser anunciados cuando se cree el reglamento correspondiente. Sera una función de la Dirección de Vehículos de Motor del INTRANT.
Los vehículos de motor serán revisados técnicamente cada año por el INTRANT, previo a la expedición de la certificación denominada Marbete de Inspección Técnica Vehicular, de manera que no constituyan peligro para los usuarios ni contaminen el medioambiente. Sin embargo, los vehículos que tengan menos de tres (3) años de fabricación estarán exentos de esta revisión.
Los conductores que manejen vehículos de motor sin portar en el cristal delantero la certificación denominada “Marbete de Inspección Técnica Vehicular” serán sancionados con una multa de un (1) salario mínimo del que impere en el sector público centralizado y los puntos en la licencia determinados por el reglamento correspondiente.
6. ¿Dónde puedo pagar las multas de tránsito?
Las multas se pagarán por mecanismos automatizados y soluciones tecnológicas en línea o en las sucursales de entidades de intermediación financieras autorizadas.
Según el Artículo 295 de la Ley 63-17, las personas en cuyo perjuicio se levante un acta de infracción tendrán un plazo de treinta (30) días para el pago de la multa o impugnarla.
7. ¿Cómo se puede sacar un contrato de rutas?
Las rutas serán asignadas a través del INTRANT de la manera que se detalla en la Ley No. 63-17:
Artículo 43.- Licencia de operación. Las rutas del transporte público de pasajeros son propiedad del Estado. La prestación del servicio del transporte público de pasajeros será autorizada por medio de la emisión de licencias de operación, expedidas por el INTRANT y los ayuntamientos en su jurisdicción a favor de operadores públicos o privados, de conformidad con la presente ley y sin vulnerar los derechos o las prerrogativas previamente establecidas.
Párrafo I.- El INTRANT y los ayuntamientos determinarán la cantidad de vehículos que podrán operar las rutas, amparados por estudios periódicos de oferta y demanda, a los fines de garantizar un servicio óptimo y la rentabilidad adecuada.
Párrafo II.- Las licencias de operación serán modificadas, suspendidas o revocadas por el INTRANT y los ayuntamientos en los casos de incumplimiento de los contratos de operación.
Párrafo III.- El INTRANT y los ayuntamientos en su jurisdicción fijarán y cobrarán la tasa anual por el uso de las rutas y renovación de las licencias de operaciones al término de vencimiento.
8. ¿Desde qué fecha entrará en aplicación la Ley 63-17?
La Ley 63-17 entró en vigencia 24 horas después de su promulgación, el 21 de febrero de 2017, para el Distrito Nacional y en 48 horas para el interior del país, sin embargo, para la implementación plena de está política pública se necesita elaborar todos los reglamentos que manda a crear la propia ley, para lo cual se dispone de un plazo de 6 meses a partir de la puesta en vigencia de la ley.
Así mismo, también está prevista la realización de una intensa campaña de difusión sobre la nueva política de movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, con el objetivo de que los ciudadanos la conozcan y la respeten.
9. ¿Qué impedimentos genera la falta de pago de una multa de tránsito?
Los conductores con sanciones de multas activas no saldadas, no podrán renovar la licencia de conducir o cualquiera de sus trámites, la placa, obtener la inspección técnica vehicular o marbete, los seguros de vehículos, la obtención de certificado de buena conducta o traspaso de la propiedad de un vehículo, hasta tanto realicen el pago correspondiente a las mismas.
10. ¿Qué tiempo después de haber sacado el permiso de aprendizaje, puedo sacar mi licencia de conducir?
Los aspirantes a optar por una licencia de conducir que hayan aprobado el examen teórico podrán optar por el examen práctico 15 días después de la expedición del carnet de aprendizaje, para recibir su licencia definitiva.
Sin embargo, los menores entre dieciséis (16) y dieciocho (18) años de edad no podrán tomar el examen práctico en un plazo menor a cuarenta y cinco (45) días, contados desde la fecha de su expedición.
Políticas y su Aceptación
Estas Políticas (en adelante, las "Políticas") condicionan el uso de los servicios del portal de Internet (en adelante, el "Portal") de la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (en lo que sigue, el "INTRANT"), institución del Estado Dominicano creada en virtud de la Ley Orgánica de las Secretarías de Estado número 4378, del 10 de Febrero de 1956, Gaceta Oficial número 7947, del 18 de Febrero de 1956 y sus modificaciones, con domicilio en la Avenida Homero Hernández esquina Horacio Blanco Fombona, Ensanche La Fe, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana.
1. Condiciones
Menores de edad.- Para hacer uso de los Servicios que requieran la recopilación de Datos Personales por parte del INTRANT a través del Portal, los menores de edad deben obtener permiso previo por parte de sus padres, tutores o representantes legales, quienes serán considerados responsables de todos los actos realizados por los menores dispuestos a su cargo.
Obligación de hacer un uso correcto del Portal y de los Servicios.- El Usuario se compromete a utilizar el Portal y los Servicios de conformidad con la ley, las presentes Políticas, los Términos de Uso, las Condiciones Particulares de ciertos Servicios y demás avisos e instrucciones puestos en su conocimiento, así como el orden público, la moral y las buenas costumbres generalmente aceptadas.
El Usuario deberá abstenerse de obtener e incluso de intentar obtener los Contenidos empleando para ello medios o procedimientos distintos de los que, según los casos, se hayan puesto a su disposición al efecto o se hayan indicado en las páginas Web donde se encuentren los contenidos o, en general, de los que se empleen habitualmente en la Internet, siempre que no entrañen un riesgo de daño o inutilización del Portal, de los Servicios y/o de los contenidos.
El Usuario o terceros perjudicados por la recepción de mensajes no solicitados dirigidos a una pluralidad de personas podrán comunicárselo al INTRANT remitiendo un mensaje a la siguiente dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
2. No Licencia
Todas las marcas, nombres comerciales o signos distintivos de cualquier clase que aparecen en el Portal son propiedad del INTRANT o de terceros, sin que pueda entenderse que el uso o acceso al Portal y/o a los Servicios atribuya al Usuario derecho alguno sobre los citados signos distintivos.
Así mismo, los Contenidos son propiedad intelectual del INTRANT o de terceros, sin que puedan entenderse cedidos al Usuario, en virtud de lo establecido en estas Políticas, ninguno de los derechos de explotación que existen o puedan existir sobre dichos contenidos más allá de lo estrictamente necesario para el correcto uso del Portal y de los Servicios, es decir, el Usuario podrá consultar, copiar y almacenar en el disco duro de su computadora o en cualquier otro soporte físico, imprimir o reproducir el material disponible en esta página Web, exclusivamente para su uso personal o privado, o el que se realice dentro de su empresa u organización, haciendo mención en todo momento de la propiedad que sobre éste posee el INTRANT, quedando terminantemente prohibido realizar alteraciones, modificaciones o descompilación de su contenido.
Queda estrictamente prohibida la comercialización en cualquier forma y bajo cualquier título del material contenido en este sitio, sin contar con la previa autorización por escrito del INTRANT. Este portal podrá contener información proveniente de otras fuentes, por lo que en estos casos, se deberá requerir el consentimiento de ellas para su reproducción.
3. Exclusión de garantías y de responsabilidad
Disponibilidad y continuidad, utilidad y falibilidad.- El INTRANT no garantiza la disponibilidad y continuidad del funcionamiento del Portal y de los Servicios. Cuando ello sea razonablemente posible, la INTRANT advertirá previamente de las interrupciones en el funcionamiento del Portal y de los Servicios. La INTRANT tampoco garantiza la utilidad del Portal y de los Servicios para la realización de ninguna actividad en concreto, ni su infalibilidad y, en particular, aunque no de modo excluyente, que el Usuario pueda efectivamente utilizar el Portal y los Servicios, acceder a las distintas páginas Web que forman el Portal o a aquellas desde las que se prestan los Servicios.
EL INTRANT EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE A LA FALTA DE DISPONIBILIDAD O DE CONTINUIDAD DEL FUNCIONAMIENTO DEL PORTAL Y DE LOS SERVICIOS, A LA DEFRAUDACIÓN DE LA UTILIDAD QUE EL USUARIO HUBIERE PODIDO ATRIBUIR AL PORTAL Y/O A LOS SERVICIOS, A LA FALIBILIDAD DEL PORTAL Y/O DE LOS SERVICIOS, Y EN PARTICULAR, AUNQUE NO DE MODO EXCLUYENTE, A LOS FALLOS EN EL ACCESO A LAS DISTINTAS PÁGINAS WEB DEL PORTAL O A AQUELLAS DESDE LAS QUE SE PRESTAN LOS SERVICIOS.
Privacidad y seguridad en la utilización del Portal y de los Servicios.- El INTRANT no garantiza la privacidad y seguridad de la utilización del Portal y de los Servicios y, en particular, no garantiza que terceros no autorizados no puedan tener conocimiento de la clase, condiciones, características y circunstancias del uso que el Usuario hacen del Portal y de los Servicios.
Calidad.- El INTRANT no controla ni garantiza la ausencia de virus ni de otros elementos en los Contenidos que puedan producir alteraciones en su sistema informático (software y hardware) o en los documentos electrónicos y ficheros almacenados en su sistema informático.
Veracidad, exactitud y actualidad.- EL INTRANT EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN GENERARSE POR LA FALTA DE VERACIDAD, EXACTITUD Y/O ACTUALIDAD DE LOS CONTENIDOS.
Licitud, fiabilidad y utilidad.- El INTRANT no garantiza la licitud, fiabilidad y utilidad de los servicios prestados por terceros a través del Portal. EL INTRANT EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN GENERARSE POR LOS SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS A TRAVÉS DEL PORTAL.
4. Procedimiento en caso de realización de actividades de carácter ilícito
En el caso de que cualquier Usuario o un tercero considere que existen hechos o circunstancias que revelen el carácter ilícito de la utilización de cualquier contenido y/o de la realización de cualquier actividad en las páginas Web incluidas o accesibles a través del Portal, y, en particular, de la violación de derechos de propiedad intelectual u otros derechos, deberá enviar una notificación al INTRANT en la que se exprese lo siguiente:
Datos personales del reclamante: nombre, número de cédula (o pasaporte, en caso de extranjeros), dirección, número de teléfono y dirección de correo electrónico;
Especificación de la supuesta actividad ilícita llevada a cabo en el Portal y, en particular, cuando se trate de una supuesta violación de derechos, indicación precisa y concreta de los contenidos protegidos así como de su localización en las páginas Web;
Hechos o circunstancias que revelan el carácter ilícito de dicha actividad;
En el supuesto de violación de derechos, firma manuscrita o equivalente, con los Datos Personales del titular de los derechos supuestamente infringidos o de la persona autorizada para actuar en nombre y por cuenta de ésta;
Declaración expresa, clara y bajo la responsabilidad del reclamante de que la información proporcionada en la notificación es exacta y del carácter ilícito de la utilización de los contenidos o de la realización de las actividades descritas.
5. Notificaciones
Todas las notificaciones y comunicaciones (en adelante, las "Notificaciones") por parte del Usuario al INTRANT se considerarán eficaces, a todos los efectos, cuando se nos envíen por mensajería a la siguiente dirección: Avenida Homero Hernández esquina Horacio Blanco Fombona, Ensanche La Fe, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana.
6. Legislación aplicable
Las Presentes Políticas se rigen en todas y cada una de sus partes por las leyes de la República Dominicana.
7. Jurisdicción
La INTRANT y el Usuario, con renuncia tácita a cualquier otro fuero, se someten al de los tribunales de la República Dominicana. Para cualquier sugerencia o propuesta de colaboración escríbanos a nuestro correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida de \"spam bots\", necesita habilitar Javascript para poder verla, o llámenos al siguiente número de teléfono: (809)-338-6134.
POLÍTICAS - DISPOSITIVOS MÓVILES
Políticas y su Aceptación
Estas Políticas (en adelante, las "Políticas") condicionan el uso de los servicios del portal de Internet (en adelante, el "Portal") de la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (en lo que sigue, el "INTRANT"), "), institución del Estado Dominicano creada en virtud de la Ley 63-17, sobre Transito, Transporte y Seguridad Vial, Gaceta Oficial número 10875, del 24 de Febrero de 2017, con domicilio en la calle/Pepillo Salcedo # 25 frente al Estadio Quisqueya, Ensanche La Fe, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana.
1. Condiciones
Menores de edad.- Para hacer uso de los Servicios que requieran la recopilación de Datos Personales por parte del INTRANT a través del Portal, los menores de edad deben obtener permiso previo por parte de sus padres, tutores o representantes legales, quienes serán considerados responsables de todos los actos realizados por los menores dispuestos a su cargo.
Obligación de hacer un uso correcto del Portal y de los Servicios.- El Usuario se compromete a utilizar el Portal y los Servicios de conformidad con la ley, las presentes Políticas, los Términos de Uso, las Condiciones Particulares de ciertos Servicios y demás avisos e instrucciones puestos en su conocimiento, así como el orden público, la moral y las buenas costumbres generalmente aceptadas.
El Usuario deberá abstenerse de obtener e incluso de intentar obtener los Contenidos empleando para ello medios o procedimientos distintos de los que, según los casos, se hayan puesto a su disposición al efecto o se hayan indicado en las páginas Web donde se encuentren los contenidos o, en general, de los que se empleen habitualmente en la Internet, siempre que no entrañen un riesgo de daño o inutilización del Portal, de los Servicios y/o de los contenidos.
El Usuario o terceros perjudicados por la recepción de mensajes no solicitados dirigidos a una pluralidad de personas podrán comunicárselo al INTRANT remitiendo un mensaje a la siguiente dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
2. No Licencia
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Así mismo, los Contenidos son propiedad intelectual del INTRANT o de terceros, sin que puedan entenderse cedidos al Usuario, en virtud de lo establecido en estas Políticas, ninguno de los derechos de explotación que existen o puedan existir sobre dichos contenidos más allá de lo estrictamente necesario para el correcto uso del Portal y de los Servicios, es decir, el Usuario podrá consultar, copiar y almacenar en el disco duro de su computadora o en cualquier otro soporte físico, imprimir o reproducir el material disponible en esta página Web, exclusivamente para su uso personal o privado, o el que se realice dentro de su empresa u organización, haciendo mención en todo momento de la propiedad que sobre éste posee el INTRANT, quedando terminantemente prohibido realizar alteraciones, modificaciones o descompilación de su contenido.
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3. Exclusión de garantías y de responsabilidad
Disponibilidad y continuidad, utilidad y falibilidad.- El INTRANT no garantiza la disponibilidad y continuidad del funcionamiento del Portal y de los Servicios. Cuando ello sea razonablemente posible, el INTRANT advertirá previamente de las interrupciones en el funcionamiento del Portal y de los Servicios. El INTRANT tampoco garantiza la utilidad del Portal y de los Servicios para la realización de ninguna actividad en concreto, ni su infalibilidad y, en particular, aunque no de modo excluyente, que el Usuario pueda efectivamente utilizar el Portal y los Servicios, acceder a las distintas páginas Web que forman el Portal o a aquellas desde las que se prestan los Servicios.
EL INTRANT EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE A LA FALTA DE DISPONIBILIDAD O DE CONTINUIDAD DEL FUNCIONAMIENTO DEL PORTAL Y DE LOS SERVICIOS, A LA DEFRAUDACIÓN DE LA UTILIDAD QUE EL USUARIO HUBIERE PODIDO ATRIBUIR AL PORTAL Y/O A LOS SERVICIOS, A LA FALIBILIDAD DEL PORTAL Y/O DE LOS SERVICIOS, Y EN PARTICULAR, AUNQUE NO DE MODO EXCLUYENTE, A LOS FALLOS EN EL ACCESO A LAS DISTINTAS PÁGINAS WEB DEL PORTAL O A AQUELLAS DESDE LAS QUE SE PRESTAN LOS SERVICIOS.
Privacidad y seguridad en la utilización del Portal y de los Servicios.- El INTRANT no garantiza la privacidad y seguridad de la utilización del Portal y de los Servicios y, en particular, no garantiza que terceros no autorizados no puedan tener conocimiento de la clase, condiciones, características y circunstancias del uso que el Usuario hacen del Portal y de los Servicios.
Calidad.- El INTRANT no controla ni garantiza la ausencia de virus ni de otros elementos en los Contenidos que puedan producir alteraciones en su sistema informático (software y hardware) o en los documentos electrónicos y ficheros almacenados en su sistema informático.
Veracidad, exactitud y actualidad.- EL INTRANT EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN GENERARSE POR LA FALTA DE VERACIDAD, EXACTITUD Y/O ACTUALIDAD DE LOS CONTENIDOS.
Licitud, fiabilidad y utilidad.- El INTRANT no garantiza la licitud, fiabilidad y utilidad de los servicios prestados por terceros a través del Portal. EL INTRANT EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN GENERARSE POR LOS SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS A TRAVÉS DEL PORTAL.
4. Procedimiento en caso de realización de actividades de carácter ilícito
En el caso de que cualquier Usuario o un tercero considere que existen hechos o circunstancias que revelen el carácter ilícito de la utilización de cualquier contenido y/o de la realización de cualquier actividad en las páginas Web incluidas o accesibles a través del Portal, y, en particular, de la violación de derechos de propiedad intelectual u otros derechos, deberá enviar una notificación al INTRANT en la que se exprese lo siguiente:
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Hechos o circunstancias que revelan el carácter ilícito de dicha actividad;
En el supuesto de violación de derechos, firma manuscrita o equivalente, con los Datos Personales del titular de los derechos supuestamente infringidos o de la persona autorizada para actuar en nombre y por cuenta de ésta;
Declaración expresa, clara y bajo la responsabilidad del reclamante de que la información proporcionada en la notificación es exacta y del carácter ilícito de la utilización de los contenidos o de la realización de las actividades descritas.
5. Notificaciones
Todas las notificaciones y comunicaciones (en adelante, las "Notificaciones") por parte del Usuario al INTRANT se considerarán eficaces, a todos los efectos, cuando se nos envíen por mensajería a la siguiente dirección: calle/Pepillo Salcedo # 25 frente al Estadio Quisqueya, Ensanche La Fe, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana.
6. Legislación aplicable
Las Presentes Políticas se rigen en todas y cada una de sus partes por las leyes de la República Dominicana.
7. Jurisdicción
El INTRANT y el Usuario, con renuncia tácita a cualquier otro fuero, se someten al de los tribunales de la República Dominicana. Para cualquier sugerencia o propuesta de colaboración escríbanos a nuestro correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida de \"spam bots\", necesita habilitar Javascript para poder verla, o llámenos al siguiente número de teléfono: (809)-338-6134.