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Artículos (46)

Las empresas nacionales e internacionales deberán enviar un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. a más tardar el 15 de marzo de 2024.

 

Descargar los formularios del Manifiesto a participar

- INTRANT - AIPMUS - SEI - 2024 - 02
- Estudios y Diseños de Concepción Funcional de la Nueva Linea de Transporte Masivo (Tren Metropolitano) del Gran Santo Domingo - Proyecto 1.2

 

- INTRANT-AIPMUS-SEI-2024-01
- Estructuración Técnica Legal y Financiera de Terminal Intermodal del Cibao - Los Alcarrizos en el Gran Santo Domingo - Proyecto 1.7

 

 

El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte (INTRANT), en virtud de las prerrogativas que le confiere la Ley 63-17 del 21 de febrero de 2017, y en especial sus Artículos 8 y 120, por este medio emite la Resolución Administrativa 025-2023 sobre Restricciones al Transporte de Carga Durante los Feriados de Navidad 2023 y Año Nuevo 2024

Como parte de las medidas de seguridad vial, adoptadas con motivo de los feriados de Navidad y Año Nuevo, queda prohibida la circulación de vehículos de carga en todo el territorio nacional, incluidos los permisos otorgados por el Piloto para la Zona de Acceso Restringido (ZAR), desde el sábado 23 de diciembre del 2023, a partir de las 06:00 de la mañana, hasta el martes 26 de diciembre del 2023 a las 05:00 a.m. y desde el sábado 30 de diciembre del 2023, a partir de las 06:00 de la mañana, hasta el martes 02 de enero del 2024 a las 05:00 a.m.

Los permisos sólo serán otorgados a los vehículos que transporten mercancías consideradas prioritarias o perecederas, los tipos de cargas que pueden solicitar el permiso son: Combustible, agua envasada, abastecimiento de alimentos, Juguetes, medicamentos, equipos médicos, servicios de desechos hospitalarios, cal viva para generación eléctrica, envases y papeles desechables, transporte de valores y organización de eventos.

Sin importar el tipo de mercancía a transportar, no serán otorgados permisos a cargas especiales, tales como: Camiones con doble cola o doble remolque, cargas sobredimensionadas o con sobrepeso.

Se exceptúan de esta prohibición las camionetas, furgonetas, ambulancias, vehículos de emergencias y aquellos de servicio de agua en camión cisterna, los vehículos que debidamente identificados brinden servicio de averías y mantenimiento de electricidad, telecable, telefonía, sanitario, mantenimiento y asistencia vial y de higiene urbana.

El incumplimiento a la disposición establecida en la presente resolución será sancionado con un(1) salario mínimo del que impere en el sector público descentralizado, de conformidad con el artículo 281 de la Ley Núm. 63-17 y el artículo 69 del reglamento 258-20 sobre transporte de cargas, tanto al propietario de la unidad como al conductor.

Los interesados en obtener los permisos de circulación en estas fechas deben solicitarlo desde la presente publicación, hasta el viernes 22 de diciembre de 2023 a las tres de la tarde (3:00 p. m.), a través de la página web del INTRANT: www.intrant.gob.do donde podrán efectuar el pago en línea y recibir el permiso con protección QR para su fiscalización.

Sin perjuicio de las limitaciones adicionales impuestas en determinadas vías los vehículos de cargas no pueden exceder la velocidad máxima de 70 km/h en carreteras troncales, la carga debe estar debidamente asegurada, sin exceder la carrocería del área destinada a carga, y deben mantener siempre su circulación en el carril de la derecha en cumplimiento de la Ley 63-17 y el Reglamento 258-20 sobre transporte de cargas.

En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 15 días del mes de noviembre del año Dos Mil Veintitrés (2023).

 

Solicitar permiso aquí

Miércoles, 29 Marzo 2023 15:59

Parquéate Bien

Escrito por

El  proyecto "Parquéate Bien", entró en vigencia el lunes 26 de septiembre del 2022, con el propósito de favorecer el tránsito y la movilidad urbana, a través de la especificación de estacionamientos a la derecha, en el mismo sentido de la vía, en algunas zonas ya identificadas.

Esta intervención tiene como propósito favorecer el tránsito vehicular a través de la reducción de los taponamientos producto del mal estacionamiento, y a la vez promover el respeto de las señales de tránsito, no solo en las zonas donde funciona paquéate bien, sino que esta cultura ciudadana crezca para que se aplique en todas las vías a nivel nacional.

Los sectores donde se está implementado el programa Parquéate Bien

  • Piantini
  • Naco
  • Ensanche Paraíso
  • Ensanche Serrallés

¿Cómo pueden ser identificadas por el ciudadano las zonas de Parquéate Bién?
Para que los ciudadanos puedan identificar las zonas de Parquéate bien hemos colocado una X de color amarillo y la señal de "No estacione".

Si el conductor deja el vehículo sobre la "X" o en las señales de "No estacione", una grúa procede será removido y posteriormente llevado al “Centro de Acopio Parquéate Bien”, ubicado en la avenida Tiradentes #17, Ensanche Naco.

¿Qué proceso continúa tras la remoción del vehículo?

Los usuarios que se les remolquen sus vehículos podrán retirarlos en horarios de 8:00 de la mañana hasta las 7:00 de la noche, luego de presentar la matrícula a su nombre o un poder, además de pagar la multa equivalente a RD$1000 pesos.

Qué dice la Ley 63-17
La Ley 63-17 en el artículo 237, establece 23 lugares prohibidos para estacionar o detener un vehículo.

1. Sobre una acera.

2. Dentro de un cruce de calles o carreteras.

3. Dentro de una distancia de cinco (5) metros de una boca de incendio o hidrante.

4. Sobre un paso de peatones o lugares destinados exclusivamente al tránsito de los mismos.

5. Dentro de una distancia de cinco (5) metros de una esquina, medidos desde la línea de construcción, pudiendo
el INTRANT, cuando lo considere conveniente, aumentar esta distancia.

6. Dentro de una distancia de diez (10) metros antes y después de un semáforo de tiempo fijo o de luz intermitente,
medidos desde el borde del contén o del paseo.

7. Dentro de una distancia de veinte (20) metros del riel más cercano en un cruce de ferroviario.

8. Paralelo o al lado opuesto de una excavación u obstrucción, cuando al detenerse o estacionarse pueda causar
interrupción o disminución del tránsito en general.

9. En doble fila, respecto a otro vehículo parado o estacionado en una vía pública.

10. En los túneles, puentes, pasos a desnivel, cuestas, curvas de las vías.

11. A más de treinta (30) centímetros del borde de la acera o contén.

12. En los sitios específicamente prohibidos por señales oficiales.
 
13. En sentido contrario de la circulación de la vía.

14. A menos de veinte (20) metros de una parada de transporte público de pasajeros.
 
15. En los lugares designados para cargar o descargar mercancía sin el propósito de realizar alguna de esas acciones.
 
16. A menos de un (1) metro de cualquier otro vehículo estacionado, salvo que sea autorizado.

17. Frente a una Estación de Bomberos, Policía Nacional o cualquiera de las agencias de las Fuerzas Armadas.

18. Frente al acceso de un templo religioso, escuela, cine, teatro, hospital, instituciones bancarias, áreas de estacionamiento o
de servicio para la venta de gasolina y sitios donde se celebren actos públicos.

19. En cualquier vía pública, cuando tal estacionamiento se realice para el negocio de venta, anuncio, demostración,
reparación o arrendamiento de vehículos.

20. En los lugares en que el vehículo estacionado oculte una señal colocada en la vía pública.
 
21. En las isletas que separan la circulación del tránsito y las áreas verdes adyacentes a las aceras.

22. A menos de die (10) metros de las señales de “PARE”, “CEDA EL PASO” o “CURVAS”.
 
23. A menos de un (1) metro de la entrada o salida de un garaje.


 

 

 

RUTAS ALTERNAS POR ACTIVIDAD EN CIUDAD COLONIAL Y AV. GEORGE WASHINGTON

 

AVENIDA GEORGE_WASHINGTON

 

 

El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), en virtud de las prerrogativas que le confiere la Ley 63-17 del 21 de febrero del 2017, y en especial sus Artículos 8 y 120, por este medio avisa al país que:

Como parte de las medidas de seguridad vial adoptadas con motivo de los feriados de Navidad y Año Nuevo, queda prohibida la circulación de vehículos de carga en todo el territorio nacional, incluidos los permisos otorgados por el Piloto para la Zona de Acceso Restringido (ZAR), desde el viernes 23 de diciembre, a partir de las 06:00 de la mañana, hasta el lunes 26 a las 05:00 a.m. y desde el viernes 30 de diciembre de 2022, a partir de las 06:00 de la mañana, hasta el lunes 02 de enero del 2023 a las 05:00 a.m.

Se exceptúan de esta prohibición, las camionetas, furgonetas, ambulancias, vehículos de emergencias y aquellos de servicio de agua en cisterna, electricidad, cable, telefonía, sanitario, de mantenimiento y asistencia vial y de higiene urbana.

Los interesados en obtener los permisos de circulación para esas fechas, deben solicitarlo desde la presente publicación, hasta el jueves 22 de diciembre del 2022 a las tres de la tarde (3:00 p. m.), a través de la página web del Intrantwww.intrant.gob.do donde podrán efectuar el pago en línea y recibir el permiso con protección QR para su fiscalización.

Los permisos sólo serán otorgados a camiones de no más de una cola, autorizados por Intrant, que acarreen combustible, agua, abastecimiento de alimentos, medicamentos, equipos médicos y servicios de desechos hospitalarios, cal viva para generación eléctrica, envases y papeles desechables, transporte de valores y organización de eventos. 

Recomendamos a los servicios de transporte de carga que no se encuentran dentro de los renglones autorizados a solicitar permiso para los citados feriados, realizar su distribución antes de los días de prohibición señalados.

Sin perjuicio de las limitaciones adicionales impuestas en determinadas vías, los vehículos de carga no pueden exceder la velocidad máxima de 70 km/h en carreteras troncales, y deben mantener siempre su circulación en el carril de la derecha, en cumplimiento de la Ley 63-17 y el Reglamento 258-20 sobre esa modalidad de transporte.

En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022).

Dirección Ejecutiva

Solicitar aquí

 

Sábado 19
(Seguridad Vial Infantil)
Parque de Educación Vial Infantil Móvil

Lugar: Plaza Galería 360
Hora: de 10:00 am a 12:30 m y de 2:00 pm a 6:00 pm

ACTIVIDADES:
*Pintacaritas,
*Lentes simulación ebriedad,
*Lentes de realidad virtual (conducción y sobreidad).
*Simulador de choque.
*Instalaciones de SRI gratis.
*Mapa de identificación accidentes.

Domingo 20
(Recuerdo de Víctimas)

Misa en recuerdo de las Víctimas por Accidentes de Tránsito

Hora: 9:00 am
Lugar: Catedral Primada de América

Continuación Parque de Educación Vial Infantil Móvil

Lugar: Plaza Galería 360
Hora: de 10:00 am a 1:00 pm y de 2:00 pm a 6:00 pm

Lunes 21
(Motociclistas)

Charla sobre importancia uso casco protector dirigida a técnicos

Lugar: Virtual
Hora: de 10:00 am

Charla en UNIBE
Conducción y Sobriedad con programa de Pernod Ricard

Hora: de 2:00 a 5:00 pm
Lugar: salones de clases

Martes 22
Jornada cambia tu casco

Con intervenciones de concienciación a motociclistas sobre la importancia del uso del casco protector

Lugar: Edificio Licencias
Hora: de 9:30 am a 4:00 pm

Charla en PUCMM
Conducción y Sobriedad con programa de Pernod Ricard

Hora: de 3:00 a 5:00 pm
Lugar: salones de clases

Miércoles 23
Capacitación a personal DIGESETT para activación puntos de alcohol

Lugar: UNIBE
Hora: 10:30 am a 3:00 pm

Charla en UASD
Conducción y Sobriedad con programa de Pernod Ricard

Hora: de 5:00a 7:00 pm
Lugar: salones de clases (FI 106)

Sábado 26
(Grupos mas vulnerables y Factores de Riesgos)

Temas generales de seguridad vial

Lugar: Plaza Downtown
Hora: De 10:00 am hasta 6:00 pm

*Lentes simulación ebriedad.
*Lentes de realidad virtual (conducción y sobreidad).
*Simulador de choque
*Instalaciones de SRI gratis
*Mapa de identificación accidentes.
* Rifas

El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, (INTRANT), en cumplimiento de las disposiciones de la Ley núm. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, del Decreto Núm. 177-18, que establece su reglamento orgánico, de la Ley Núm. 200-04, de Libre Acceso a la Información Pública, del Decreto Núm. 130-05, que establece su reglamento de aplicación, de la Ley Núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, informa a la ciudadanía la puesta en vigencia de las siguientes normativas técnicas:

1- Normativa Técnica del Transporte Escolar.

2- Normativa Técnica sobre las Condiciones Vehiculares Requeridas para la Conducción.

Derivadas de los Decretos 257-20, del Transporte Escolar y 5-19, sobre Inspección Técnica Vehicular. Dichas normativas están sustentadas en la Resolución NT Núm.003-2022, que regula el servicio de transporte escolar y la Resolución NT Núm.004-2022, que establece las condiciones vehiculares requeridas para la conducción.

Conoce los pasos a desnivel y elevados que estarán cerrados por labores de mantenimiento vial de las brigadas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).

Calendario hasta el 17 de septiembre

DESCARGA AQUI  - Programación de Trabajos Nocturnos Mantenimiento de Pasos a Desnivel

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